Monday, September 4, 2023

Inmigrantes

 



INMIGRANTES

INMIGRANTES NO SUJETOS A LIMITACIONES NUMÉRICAS
FAMILIARES NO INMEDIATOS DE CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES

   Un extranjero puede inmigrar como pariente inmediato de un ciudadano estadounidense si la persona 
es hijo, cónyuge o padre del ciudadano. No hay límite para el número de familiares inmediatos que puedan inmigrar cada año. De acuerdo con Weissbrodt et al. (2017) la inmigración de familiares inmediatos reduce la cuota anual para otras categorías de inmigración patrocinados por la familia.

     A.- HIJOS: Para calificar como hijo de un ciudadano estadounidense, la persona debe estar soltera y tener menos de veintiún años. La definición de hijo, establecida en la Ley de Inmigración abarca tanto a los hijos biológicos como a los hijastros adoptados.  8U.S.C§1101(b)(1)(D)2011. Los hijos nacidos dentro del matrimonio pueden calificar para la residencia permanente a través de su madre natural no a traves de su padre natural, si ellos están legitimados antes de los dieciocho años o el padre tiene una relación de buena fe entre padre e hijo. Los hijastros se consideran parientes inmediatos si tenían menos de dieciocho años al momento, al momento de la celebración del matrimonio.

     La Ley de Inmigración distingue entre dos tipos de relaciones adoptivas. Los niños se consideran adoptados, a los efectos de obtener beneficios migratorios, cuando son adoptados siendo menores de dieciséis años y han estado bajo la custodia legal de los padres adoptivos durante dos o más años.

     B. PADRES: Un hijo ciudadano patrocinador tendrá la cualidad de solicitar a sus padres siempre que tenga veintiún años cumplidos. Cuando un hijo adoptado o huérfano, obtiene la ciudadanía después de ser adoptado por un ciudadano estadounidense, los padres biológicos tienen prohibido reclamar cualquier derecho a inmigrar en base a la ciudadanía de su hijo.

     C.-CÓNYUGES: Para inmigrar como esposo de un ciudadano americano, el extranjero debe tener un válido y sostenible matrimonio. La ley de los países donde tuvo lugar el matrimonio generalmente determina la validez del matrimonio.
     Los matrimonios adversos al orden público, la salud y la moral, como los matrimonios incestuosos o polígamos, no pueden crear la relación.
     En cuanto a las relaciones del mismo sexo la Corte Suprema de Justicia en una decisión histórica en Obergefell v Hodges (sup.Ct.2015) ordenó a todos los estados de Estados Unidos emitir licencias de matrimonio a dos personas del mismo sexo, que deseen casarse, esta sentencia confirió a los ciudadanos americanos el derecho de ayudar a sus esposos del mismo sexo a emigrar a Estados Unidos.
     Los matrimonios falsos, celebrados principalmente con el fin de conferir un beneficio de inmigración, no proporcionan la relación requerida, independientemente de su validez en el país donde tuvo lugar el matrimonio.
     Las enmiendas al Fraude Matrimonial Inmigratorio de 1986 intentaron disuadir el fraude matrimonial relacionado con la inmigración. Las enmiendas contra el fraude imponen un requisito de residencia condicional de dos años a los cónyuges extranjeros y sus hijos antes de que puedan obtener el estatus de residente permanente sobre la base de un matrimonio calificado con un ciudadano estadounidense o residente permanente. El requisito solo se aplica si el matrimonio tiene menos de dos años en el momento en el que el extranjero busca el estatus de residente permanente. Para eliminar el estatus condicional, la pareja debe presentar una petición dentro de los últimos noventa días del periodo del estatus condicional.
     Como parte de la petición para eliminar el estatus de residente condicional, la pareja debe proporcionar evidencia de que su matrimonio fue de buena fe. La evidencia puede incluir documentos que demuestren bienes en conjunto, certificado de nacimiento de hijos, cuentas financieras conjuntas y cualquier otro documento que pruebe la buena fe de la relación. 


                                                                            Referencias

Weissbrodt, D., Danielson, L. y Myers, H. (2017). Immigration Law and Procedure
8 U.S.C Aliens and Nationality Act (1952)



     
     


      









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